¿Qué pasa si me pillan conduciendo bajo los efectos del alcohol?

Debes saber que conducir bajo los efectos del alcohol no siempre es delito.

Será delito cuando se supere alguna de las dos cantidades siguientes:

– 0,60mg por litro de aire respirado. La más habitual, porque los controles suelen consistir en la prueba de alcoholemia de aire soplado que hace la Policía en la calle.

– 1,2g por litro de alcohol en sangre.

En caso de que no supere estas tasas, se quedarán en una infracción administrativa.

He dado positivo en la prueba de alcoholemia, y la tasa es delictiva, ¿ahora qué?

Si has superado las tasas permitidas por Ley, se iniciará contra ti un procedimiento por la presunta comisión de delito contra la seguridad vial por conducir bajo los efectos del alcohol (el conocido popularmente como delito de alcoholemia).

Lo habitual es que la Policía te dé, en ese mismo momento, la citación para comparecer ante el Juzgado.

El día que acudas al Juzgado, deberás hacerlo acompañado de abogado.

En el Juzgado se tramitan este tipo de asuntos a través de Diligencias Urgentes (juicio rápido), donde habrán dos opciones:

1.- En ese mismo momento, puedes conformarte (aceptar los hechos y la pena).
El abogado comprobará el atestado policial y todas las pruebas para determinar si son válidas o no.
En caso de que todo esté correcto, hablará con el Fiscal para intentar negociar la pena que mejor se adecúe a tu situación e intereses.

2.- En caso de que haya alguna prueba que no esté clara, se señalará día para la celebración de juicio.

¿Cuáles son las penas de este tipo delictivo?

Las penas tipificadas en el Código Penal, para este tipo de delitos, son las siguientes:

  • Pena de prisión de 3 a 6 meses, o multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
  • Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo entre 1 y 4 años.

En caso de conformidad, estas penas se reducen en 1/3.

 

Cada persona posee un umbral de tolerancia al alcohol, lo que significa que es factible que alguien registre un nivel de alcohol que constituya un delito sin mostrar signos evidentes de embriaguez. Del mismo modo, una persona puede manifestar claramente los efectos del alcohol sin alcanzar niveles de alcoholemia punibles debido a su baja tolerancia.

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